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Argentina: la Corte Suprema falla en contra de los indultos

La Corte declaró insconstitucional el indulto otorgado al General Riveros. Fuentes judiciales informan que esto permitirá la abolición de otros indultos. El fallo no incide sobre el indulto a los civiles que formaron parte de la represión.

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La Corte Suprema de Justicia de Argentina declaró inconstitucional el indulto otorgado en 1989 al ex General Santiago Riveros, de 83 años. Aunque la resolución del máximo tribunal se refiere a ese perdón, el fallo sienta jurisprudencia para el resto de los indultos concedidos a represores del régimen castrense, informaron fuentes judiciales.

Portavoces de la Corte Suprema confirmaron que la anulación del indulto fue apoyada por cuatro integrantes del máximo tribunal: Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Elena Highton y las disidencias de Carlos Fayt y Carmen Argibay.

En su sentencia, la Corte puntualizó que "los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son contrarios no sólo a la Constitución Nacional, sino también a toda la comunidad internacional" por lo cual aseguró que pesa sobre todos los Estados "la obligación de esclarecerlos e identificar a sus culpables".

En ese punto, la Corte mencionó sus recientes pronunciamientos en los casos Arancibia Clavel y Simón, en los cuales declaró la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y de punto final.

Por su parte, el juez Fayt centró su disidencia en la violación de los principios constitucionales de cosa juzgada y prohibición de la persecución penal múltiple, toda vez que la Corte Suprema había dejado firme la sentencia de la Cámara Federal de San Martín de 1989.

En tanto, la jueza Argibay disintió con la solución respecto de la inconstitucionalidad de los indultos al sostener que la propia Corte había dictado un pronunciamiento en 1990 en el cual había dejado firme la sentencia de la Cámara, que había declarado constitucional el indulto. "Lleva a considerar que esa primera sentencia pasó en autoridad de cosa juzgada", entendió.

Riveros fue entre 1975 y 1978 comandante de Institutos Militares en Campo de Mayo, el mayor cuartel del ejército en los suburbios de Buenos Aires, donde funcionó un centro clandestino de detención del que hubo muy pocos sobrevivientes, y donde nacieron numerosos bebés de madres en cautiverio.

El militar tenía 40 causas judiciales abiertas cuando fue indultado en 1989, pero fue detenido en 2000 encausado por robo de bebés hijos de desaparecidos y cumple actualmente prisión preventiva. Es considerado uno de los organizadores del Plan Cóndor, como se denominó a la coordinación de las acciones represivas conjuntas de las dictaduras del Cono Sur en los años 70 y 80 del pasado siglo. Además, el ex militar fue condenado a cadena perpetua en 2000 por un tribunal de Italia que le procesó en ausencia por la desaparición de ocho ítalo-argentinos.

Aunque este fallo se circunscribe al caso Riveros, alcanza al decreto 1002 por el que Carlos Menem, ex Presidente argentino, indultó en 1989 a militares procesados en una treintena de causas por homicidios, privaciones ilegales de libertad y otros delitos cometidos en un régimen que, según datos oficiales, causó 18.000 desaparecidos, cifra que los organismos humanitarios elevan a 30.000.

Esto quiere decir que el fallo abre la puerta para que ocurra lo mismo con los indultos a favor de otros jefes de la dictadura, como Jorge Videla y Eduardo Massera, condenados hace 20 años a perpetuidad y luego indultados. En todos los casos dichos responsables tendrían que volver a cumplir sus penas pendientes.

Jorge Videla encabezó como comandante del ejército el golpe de Estado de 1976 contra la presidente constitucional María Estela 'Isabel' Perón, y tras el derrocamiento asumió la presidencia. Massera lideraba la marina de guerra e integró la Junta de Comandantes, que detentaba el poder supremo.

Videla, de 81 años, volvió a ser detenido en 1998 y cumple prisión domiciliaria encausado por robo de bebés y por su responsabilidad en el Plan Cóndor de coordinación represiva de las dictaduras del Cono Sur en las décadas de los 70 y 80.

Massera, de 81 años, también volvió a ser encausado en 1998 por robo de bebés y apropiación de bienes de desaparecidos, pero las causas fueron archivadas en 2005 tras comprobarse que sufre insanía mental.

Otros de los beneficiados por el indulto de Menem fueron los tenientes generales Leopoldo Galtieri y Cristino Nicolaides; los generales Juan Bautista Sasiaiñ, José Montes, Andrés Ferrero, Adolfo Sigwald, Jorge Olivera Rovere y Albano Harguindeguy.

Menem firmó con posterioridad otros decretos por los que indultó a civiles acusados por subversión contra las fuerzas militares durante la dictadura y a militares que actuaron en alzamientos tras el restablecimiento de la democracia, pero no les alcanza este fallo emitido por la Corte Suprema.

Desde la anulación en 2003 de las denominadas 'leyes del perdón' que beneficiaron a miembros de la dictadura, varios jueces habían declarado inconstitucionales los indultos decretados por Menem.

La Corte Suprema basó su decisión en fallos anteriores del propio alto tribunal, que ya había establecido que los delitos de lesa humanidad, como las violaciones de los derechos humanos, no prescriben ni pueden ser amnistiados.

En septiembre de 2006, el máximo tribunal argentino, la Cámara de Casación, había anulado uno de los indultos que, con el pretexto de "reconciliar y pacificar" al país, Menem concedió a militares y miembros de las fuerzas de seguridad condenados o acusados por violaciones de los derechos humanos.

Hasta entonces, sólo jueces de primera y segunda instancia declararon inconstitucionales los indultos, y en 2005 la Corte Suprema había evitado pronunciarse sobre el asunto al argumentar que era la Cámara de Casación la que primero debía emitir su opinión.

El fallo contra Riveros no tendra incidencia sobre los indultos a ex guerrilleros de izquierda condenados o encausados por su accionar en los años 70, ya que sólo incide en perdones a condenados por crímenes de lesa humanidad cometidos por miembros del Estado o fuerzas de seguridad, explicaron juristas.
 
 
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