El proyecto señala que cada vez que un juez declara la inconstitucionalidad de una norma con efecto erga omnes se produce una fuerte tensión en el sistema institucional, ya que la norma que es sancionada por el Congreso de la Nación o el Poder Ejecutivo -responsables ante el electorado- es anulada por un órgano, el Poder Judicial, que no es elegido ni responsable ante el electorado.
En este sentido, Prieto señaló: “este tipo de situaciones ponen en tensión el sistema institucional y esto se agrava cuando ya no es la Corte Suprema sino los tribunales de primera instancia los que declaran con efectos generales la inconstitucionalidad de las normas. Como ejemplo se puede mencionar el caso que ocurrió cuando un juzgado de primera instancia ordenó, a través de una medida cautelar la suspensión de la aplicación y los actos de ejecución de la ley 26.522”.
Asimismo, Prieto recordó que esta medida cautelar fue dictada el 21 de diciembre de 2009 por el juez de primera instancia, y el 30 de abril de 2010 la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones confirmó su pronunciamiento. Finalmente, el 15 de junio del corriente año la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó esta decisión, es decir, 7 meses después del dictado de la medida de suspensión.
Por lo tanto, el legislador neuquino opinó que sería necesario “reflexionar sobre la legitimidad de que un juez de primera instancia suspenda la totalidad de una ley, pero este debate es más apropiado en el marco de una reforma constitucional. En este orden de ideas es que se propone algo menos ambicioso: regular el Per Saltum para los casos en los cuales los jueces de primera instancia declaren inconstitucionaldes con alcance general”. |
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