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Senadores dio media sanción al nuevo régimen penal juvenil

El proyecto reduce a 14 años la edad de imputabilidad de las personas, al tiempo que crea un régimen especial para su juzgamiento. La inicativa pasa ahora a la Cámara de Diputados.

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La Cámara de Senadores aprobó por 41 votos a favor y sólo uno en contra y envió a Diputados un proyecto de ley para un nuevo Régimen Penal Juvenil para establecer la responsabilidad de las personas menores de 18 años y mayores de 14 que hayan cometido un delito de acción pública.

La discusión de ayer fue la continuación de un debate iniciado el 8 de julio, cuando la norma se aprobó en general por unanimidad.

El proyecto establece que en ningún caso una persona menor de 18 años a la que se le atribuya la comisión de un delito podrá ser juzgado por el sistema penal general ni podrá atribuírsele las consecuencias previstas para las personas mayores.

Están exentas de responsabilidad penal las personas que al momento de cometer el delito que se les impute no alcancen la edad de catorce años.

Tampoco serán imputables quienes tengan 14 o 15 años de edad y hayan cometido delitos sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de libertad inferior a tres años.

También quedan fuera de la responsabilidad penal quienes tengan 16 o 17 años de edad y sean sancionados con multa, inhabilitación o con pena mínima privativa de la libertad inferior a dos años.

El futuro régimen deja constancia que la privación de la libertad de las personas menores de 18 años sólo será "la excepción y el último recurso" y establece que "se privilegiará la permanencia de la persona menor de dieciocho años dentro de su grupo familiar" y que "en caso de no existir este, deberá darse intervención a los órganos administrativos de protección de derechos del niño, niña y adolescente".

El juez podrá aplicar como sanciones una escala que va desde las disculpas personales ante la víctima; reparar el daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de supervisión y orientación; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; o privación de libertad en centro especializado.

Destaca que "los centros especializados para el cumplimiento de la pena privativa de libertad deben contar con un grupo interdisciplinario de profesionales especializados.

 
 
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