La magistrada Marta Gómez Alsina, de ese juzgado, hizo lugar a un pedido de nulidad presentado por el letrado Francisco Roggero al sostener que una jueza del fuero Contencioso Administrativo no puede fallar sobre el Código Civil.
Roggero solicitó la nulidad del fallo de la jueza Gabriela Seijas, quien el 12 de noviembre pasado declaró inconstitucionales dos artículos del Código Civil que impiden el matrimonio entre personas del mismo sexo y autorizó a casarse a Alex Freyre y Jose María Di Bello, quienes anteriormente habían presentado un amparo contra el gobierno porteño.
"Partiendo del régimen constitucional de la Ciudad de Buenos Aires, es claro que no hay orientaciones sexuales o géneros buenos o malos: la opción sexual y el género son cuestiones extramorales", argumentó en su fallo por el que declaró inconstitucional los artículos 78 y 188 del Código Civil.
"El Registro tiene la obligación de cumplir con la sentencia que autorizó la boda", dijo la abogada Analía Mas, de la Federación Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (LGBT).
Si bien señaló que no tienen ninguna notificación del nuevo fallo, sostuvo que "sería totalmente improcedente" que una "jueza de una jurisdicción decrete la nulidad de una resolución de otra jueza de otra jurisdicción".