La presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió al Congreso un proyecto de reforma a la Ley Penal Tributaria, con el objetivo de profundizar la lucha contra la evasión y el contrabando y que apunta a brindar a la justicia mayores herramientas para perseguir a los grandes evasores.
Cristina suscribió la iniciativa durante un encuentro que mantuvo en la tarde de ayer en su despacho de Casa de Gobierno, con el ministro de Justicia, Julio Alak; el secretario Legal y Técnico, Carlos Zannini y el titular de la Administración federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray.
Un rato antes de estampar su firma en el proyecto, la Presidenta, al encabezar un acto en una fábrica recuperada en el barrio de Mataderos, anunció el inminente envío al Congreso de un "proyecto de ley de reforma de la Ley Penal Tributaria, para que los evasores también tengan trajes a rayas en este país".
"Es necesario tener un funcionamiento del capital más transparente que asegure que los trabajadores puedan conservar sus trabajos y consumir, y que los que tienen la suerte de ganar mucho dinero ganen más dinero pero que también paguen todos los impuestos que tienen que pagar. Esta es la Argentina que yo sueño", dijo Cristina durante el acto.
Echegaray, por su parte, detalló que el proyecto "va a modificar el régimen Penal y el Código Penal en su artículo 66 bis, en busca un esquema de equidad y equilibrio para combatir la evasión fiscal", entre otros aspectos.
El titular de la AFIP, en una conferencia de prensa brindada junto con el Ministro de Justicia en la Sala de Periodistas de Casa de Gobierno, dijo que la iniciativa contempla la eliminación de "una institución muy importante que es la extinción de la causa por pago" y el fin de la posibilidad de que se aplique la `probation` en los casos de evasión tributaria y contrabando, como posibilidad de dar por finalizada la causa.
Echegaray dijo que con la reforma, de ser finalmente aprobada por el Congreso, "estamos dotando al Poder Judicial de una herramienta renovada para perseguir básicamente a los grandes evasores".
La iniciativa adecua el monto tope para la evasión impositiva simple, al incrementarla de los 100.000 pesos actuales a 1.000.000 de pesos.
A su vez, eleva el total evadido a 1 millón de pesos que se computará, sumando el importe final de los impuestos evadidos por período, sin ninguna diferenciación entre ellos.
En tanto, se mantiene la pena de tres años y medio a nueve años de prisión para los delitos de evasión impositiva agravada.
El proyecto prevé también la incorporación como figura ilícita penal tributaria a las evasiones concretadas contra el gobierno porteño y los gobiernos provinciales.
En este último caso, la justicia ordinaria actuará en los casos presentados a nivel provincial, mientras que para la órbita del gobierno nacional seguirá actuando la justicia federal.
El proyecto eleva de dos a seis años la pena de prisión en el caso de evasión simple; mientras que serán comprendidos bajo la figura de evasión agravada "los que falseen declaraciones o mientan en los montos declarados", dijo Echegaray.
En lo que respecta a la marcha de las distintas presentaciones hechas por la AFIP ante la justicia, el titular de la entidad resumió que durante "el último año sobre un total de 14.000 causas, el 1 por ciento tuvo condena y el 12 por ciento logró el procesamiento".
La entidad oficial, a través de un comunicado de prensa, aseveró que "la reforma busca también ampliar la intervención procesal de la AFIP para casos de mayor relevancia, ya que los indicadores de evolución total de las causas demuestran que cuando participa el organismo fiscal -como querellante- se obtiene una exponencial mejora en los índices de condenabilidad".
Otro delito que se incorpora es la adulteración de controladores fiscales y cualquier otro sistema homologado o suministrado por el fisco.
Con relación al aprovechamiento indebido de subsidios, la normativa vigente sanciona a quienes utilicen reintegros, recuperos o devoluciones otorgadas por el Gobierno Nacional.
También se elevaron los montos en la falta de ingreso de las retenciones tributarias y de los aportes previsionales (de 10.000 a 20.000 pesos por mes); y de la evasión previsional simple (de 20.000 a 50.000 pesos), manteniéndose como agravante para esta última sólo la utilización de testaferros.